miércoles, 21 de junio de 2017

LA DISFORIA DE GÉNERO: ÁMBITO EMERGENTE DE INTERVENCIÓN SOCIAL


El Trabajo social, una profesión con más de cien años a sus espaldas, desde que Mary Ellen Richmond (1861–1928) y Jane Addams (1860-1935) sistematizaran y dotaran de contenido teórico a las prácticas profesionales de ayuda, ha tenido como ámbitos de intervención social “clásicos”, la intervención con individuos, familias, grupos y con la propia comunidad, allí donde las carencias, dificultades, necesidades, tanto individuales, familiares, grupales como colectivas, exigían de apoyo profesional.
A  lo largo del Siglo XX, los ámbitos de intervención de los profesionales del Trabajo social se han ido estructurando en torno a los sistemas públicos de protección social (salud, educación,  empleo, servicios sociales, justicia, vivienda),  y también en el ámbito privado, sea éste el relacionado con las empresas, como en el Tercer sector.
En la actualidad existen ámbitos y áreas de intervención “emergentes” en el trabajo social, de entre los que destacamos hoy aquí, la intervención en la disforia de género.
La disforia de género no es un fenómeno actual. Por el contrario, se ha constatado su existencia en todas las culturas y a través de los tiempos. Afecta a aquellas personas que muestran una fuerte identificación con el género contrario al de su sexo anatómico y una fuerte insatisfacción con el que poseen biológicamente. Esto les sucede desde muy temprana edad y no debe confundirse con la sexualidad que desarrollarán en las siguientes etapas de sus ciclos vitales.
La terminología para “identificar” la disforia de género como “transexualidad” o  “Trastorno de Identidad de Género”, se ha usado con connotaciones negativas (trastorno) y con una carga social despectiva que ha marginado y estigmatizado la población con disforia de género. La Organización Mundial de la Salud (OMS, CIE-10) sigue hablando a fecha de hoy de “transexualidad” y la Asociación Americana de Psiquiatría acaba de actualizar el antiguo “Trastorno de Identidad de Género” por el término a Disforia de Género en el DSMV (2013).
Lo que sí es relativamente novedoso es la toma de consciencia de la población de la existencia de la disforia de género como una situación que provoca gran sufrimiento a quienes la padecen y de la toma en consideración de las reivindicaciones de los afectados,  en especial, de familias con niños o niñas con disforia de género.
El colectivo, agrupado en diversas asociaciones ha hecho públicas, a través de campañas e informes, sus principales demandas:
1ª- Despatologizar la disforia de género y reclamar su desaparición como enfermedad en manuales de diagnóstico psiquiátrico, al igual que ocurrió con la homosexualidad en años pasados.
2ª – Crear unidades de atención multidisciplinares, con médicos, psicólogos y trabajadores sociales especializados en la atención a la disforia de género.
3ª-  Luchar contra la discriminación, en múltiples aspectos y ámbitos:
a)     Normativamente al tener que esperar largos periodos por la reasignación legal.
b)    En los sistemas de salud donde sólo se cubre su atención en determinadas Comunidades Autónomas de España y donde las esperas por cirugías de reasignación, cuando son pertinentes y solicitadas,  son largas y complejas.
c)     En las escuelas cuando se les obliga a niños y niñas con disforia de género, a usar un nombre femenino o masculino con el que no se identifican; a utilizar baños y vestuarios que no se corresponden con su género; a practicar deportes o a participar en actividades y roles de género predeterminados (vestir como chico o chica); cuando se les invita a abandonar el “centro”; o cuando son acosados por sus compañeros/as por razones de género.

Una detección precoz de la disforia de género, así como su afrontamiento integral por parte de la familia, la escuela y la comunidad, evitarían fuertes secuelas físicas y psicológicas en los niños y niñas, y muy en especial en la adolescencia, período de fuertes cambios físicos, desarrollo intelectual y conformación de la propia personalidad.
Urge, por lo tanto, la normalización de estas situaciones desde diferentes ámbitos: clínico, jurídico y social. Desde el punto de vista médico para proporcionar tratamientos adecuados con un respaldo científico indiscutible a estas personas. Desde una perspectiva jurídica, para garantizar, tanto la tutela efectiva de los derechos del niño/a, que podrían verse afectados tanto por omisión como por acción incontrolada sobre su cuerpo; como por otro lado, para garantizar las acciones de los profesionales involucrados en su tratamiento hormonal y cirugía de reasignación (en especial médicos y psicólogos)  (Montero, 2015[1]). 
Desde una perspectiva social, es preciso apoyar la normalización de la disforia de género con información, orientación, acompañamiento profesional a los afectados o a sus familias,  y proporcionar ayudas que posibiliten su bienestar social.
Cabe subrayar la lucha por la normalización emprendida por diferentes asociaciones como la Federación de Gays, Lesbianas y Transexuales; Transexualia;  la Fundación de Identidad de Género; Chrysallis (asociación de menores transexuales) o la Red por la Despatologización de las Identidades Trans del Estado que promovíó la Guía de buenas prácticas para la atención sanitaria a personas trans en el marco del sistema nacional de salud (2010)[2] con el objeto de ofrecer orientaciones a los profesionales que han de intervenir con estas personas.
En el año 2007 se aprobó la denominada Ley de Identidad de Género[3] que permite a las personas transexuales cambiar su nombre y su sexo en el Registro Civil, previa acreditación de disforia de género por parte de un médico o psicólogo.  Sin embargo, esta atención a la disforia es insuficiente y aunque en determinadas Comunidades autónomas se ha continuado con los avances jurídicos en esta materia, no existe uniformidad en el Estado.
Falta mucho todavía por normalizar la disforia de género. Personalmente considero que debiéramos comenzar por dónde suele comenzar toda nuestra vida social: en las familias y en la escuela.
En las aulas se debe apoyar la “transición social” de los niños y niñas con disforia de género atendiendo a su especificidad y su peculiaridad. El trabajo cooperativo con sus familias es imprescindible.
 En las direcciones de los centros educativos se deben establecer Protocolos de atención a la disforia de género que impliquen al alumnado (que debe ser informado y asesorado), a los progenitores a los que se les debe explicar que se va a producir una transición social en el centro, qué significa y qué implica para sus hijos e hijas, y por supuesto, que implique al profesorado. Todo el profesorado debe además estar atento a posibles situaciones de acoso escolar que, normalmente se produce antes de la transición social y, en poas ocasiones, después de haberse producido.

En definitiva debemos avanzar un poco más en la consecución de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y personas con disforia de género.


[1] Montero Ezpondaburu, L. (2015). Transexualidad  infantil, a la espera  de  una  respuesta. El País, 5 de mayo de 2015. http://politica.elpais.com/politica/2015/05/07/actualidad/1430994937_261677.html. Luis Montero Ezpondaburu es médico forense, especialista en Medicina Legal y miembro del Grupo de Trabajo de Disforia de Género en Menores que integra a profesionales de UTIG, especialistas en bioética, juristas y educadores.
[3] Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.





Carmen Verde Diego

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