El
Trabajo social, una profesión con más de cien años a sus espaldas, desde que
Mary Ellen Richmond (1861–1928) y
Jane Addams (1860-1935) sistematizaran y dotaran de contenido teórico a las prácticas
profesionales de ayuda, ha tenido como ámbitos de intervención social
“clásicos”, la intervención con individuos, familias, grupos y con la propia
comunidad, allí donde las carencias, dificultades, necesidades, tanto
individuales, familiares, grupales como colectivas, exigían de apoyo
profesional.
A lo largo del Siglo XX, los ámbitos de
intervención de los profesionales del Trabajo social se han ido estructurando
en torno a los sistemas públicos de protección social (salud, educación, empleo, servicios sociales, justicia,
vivienda), y también en el ámbito
privado, sea éste el relacionado con las empresas, como en el Tercer sector.
En la
actualidad existen ámbitos y áreas de intervención “emergentes” en el trabajo
social, de entre los que destacamos hoy aquí, la intervención en la disforia de
género.
La disforia de género no
es un fenómeno actual. Por el contrario, se ha constatado su existencia en
todas las culturas y a través de los tiempos. Afecta a aquellas personas que
muestran una fuerte identificación con el género contrario al de su sexo
anatómico y una fuerte insatisfacción con el que poseen biológicamente. Esto
les sucede desde muy temprana edad y no debe confundirse con la sexualidad que
desarrollarán en las siguientes etapas de sus ciclos vitales.
La terminología para
“identificar” la disforia de género como “transexualidad” o “Trastorno de Identidad de Género”, se ha
usado con connotaciones negativas (trastorno)
y con una carga social despectiva que ha marginado y estigmatizado la población
con disforia de género. La Organización Mundial de la Salud (OMS, CIE-10) sigue
hablando a fecha de hoy de “transexualidad” y la Asociación Americana de
Psiquiatría acaba de actualizar el antiguo “Trastorno de Identidad de Género”
por el término a Disforia de Género en el DSMV (2013).
Lo que sí es relativamente
novedoso es la toma de consciencia de la población de la existencia de la
disforia de género como una situación que provoca gran sufrimiento a quienes la
padecen y de la toma en consideración de las reivindicaciones de los afectados,
en especial, de familias con niños o
niñas con disforia de género.
El colectivo, agrupado en
diversas asociaciones ha hecho públicas, a través de campañas e informes, sus
principales demandas:
1ª- Despatologizar la disforia de género y reclamar su
desaparición como enfermedad en manuales de diagnóstico psiquiátrico, al igual
que ocurrió con la homosexualidad en años pasados.
2ª – Crear unidades de atención multidisciplinares, con médicos,
psicólogos y trabajadores sociales especializados en la atención a la disforia
de género.
3ª- Luchar contra la
discriminación, en múltiples aspectos y ámbitos:
a)
Normativamente al tener que esperar largos periodos por
la reasignación legal.
b) En los sistemas de salud
donde sólo se cubre su atención en determinadas Comunidades Autónomas de España
y donde las esperas por cirugías de reasignación, cuando son pertinentes y
solicitadas, son largas y complejas.
c)
En las escuelas cuando se les obliga a niños y niñas
con disforia de género, a usar un nombre femenino o masculino con el que no se
identifican; a utilizar baños y vestuarios que no se corresponden con su género;
a practicar deportes o a participar en actividades y roles de género
predeterminados (vestir como chico o chica); cuando se les invita a abandonar
el “centro”; o cuando son acosados por sus compañeros/as por razones de género.
Una detección precoz de la
disforia de género, así como su afrontamiento integral por parte de la familia,
la escuela y la comunidad, evitarían fuertes secuelas físicas y psicológicas en
los niños y niñas, y muy en especial en la adolescencia, período de fuertes
cambios físicos, desarrollo intelectual y conformación de la propia
personalidad.
Urge, por lo tanto, la
normalización de estas situaciones desde diferentes ámbitos: clínico, jurídico
y social. Desde el punto de vista médico para proporcionar tratamientos
adecuados con un respaldo científico indiscutible a estas personas. Desde una
perspectiva jurídica, para garantizar, tanto la tutela efectiva de los derechos
del niño/a, que podrían verse afectados tanto por omisión como por acción
incontrolada sobre su cuerpo; como por otro lado, para garantizar las acciones
de los profesionales involucrados en su tratamiento hormonal y cirugía de
reasignación (en especial médicos y psicólogos) (Montero, 2015[1]).
Desde una perspectiva
social, es preciso apoyar la normalización de la disforia de género con
información, orientación, acompañamiento profesional a los afectados o a sus
familias, y proporcionar ayudas que
posibiliten su bienestar social.
Cabe subrayar la lucha por
la normalización emprendida por diferentes asociaciones como la Federación de Gays, Lesbianas y Transexuales;
Transexualia; la Fundación
de Identidad de Género; Chrysallis (asociación de
menores transexuales) o la Red por la Despatologización de las
Identidades Trans del Estado que promovíó la
Guía de buenas prácticas para la atención sanitaria a personas trans en el
marco del sistema nacional de salud (2010)[2]
con el objeto de ofrecer orientaciones a los profesionales que han de
intervenir con estas personas.
En el año 2007 se aprobó la
denominada Ley de Identidad de Género[3]
que permite a las personas transexuales cambiar su nombre y su sexo en el
Registro Civil, previa acreditación de disforia de género por parte de un
médico o psicólogo. Sin embargo, esta
atención a la disforia es insuficiente y aunque en determinadas Comunidades
autónomas se ha continuado con los avances jurídicos en esta materia, no existe
uniformidad en el Estado.
Falta mucho todavía por
normalizar la disforia de género. Personalmente considero que debiéramos
comenzar por dónde suele comenzar toda nuestra vida social: en las familias y
en la escuela.
En las aulas se debe
apoyar la “transición social” de los niños y niñas con disforia de género atendiendo
a su especificidad y su peculiaridad. El trabajo cooperativo con sus familias
es imprescindible.
En las direcciones de los centros educativos
se deben establecer Protocolos de
atención a la disforia de género que impliquen al alumnado (que debe ser
informado y asesorado), a los progenitores a los que se les debe explicar que
se va a producir una transición social en el centro, qué significa y qué
implica para sus hijos e hijas, y por supuesto, que implique al profesorado. Todo el profesorado debe además estar atento a posibles
situaciones de acoso escolar que, normalmente se produce antes de la transición
social y, en poas ocasiones, después de haberse producido.
En definitiva debemos avanzar un poco más en la consecución de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y personas con disforia de género.
[1] Montero Ezpondaburu, L. (2015). Transexualidad
infantil, a la espera de una
respuesta. El País, 5 de mayo de 2015. http://politica.elpais.com/politica/2015/05/07/actualidad/1430994937_261677.html. Luis Montero
Ezpondaburu es médico forense,
especialista en Medicina Legal y miembro del Grupo de Trabajo de Disforia de
Género en Menores que integra a profesionales de UTIG, especialistas en
bioética, juristas y educadores.
[3] Ley 3/2007, de
15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al
sexo de las personas.
Carmen Verde Diego
No hay comentarios:
Publicar un comentario